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Despiden a delegada gremial del Hospital Central por mal uso de historias clínicas

Cesantía de Delegada Sindical en Mendoza

El Gobierno de Mendoza ha oficializado la cesantía de una delegada de la Asociación de Trabajadores del Estado, quien desempeñaba funciones en el Hospital Central. La decisión se basa en un sumario administrativo que determinó que la empleada accedió y difundió historias clínicas de pacientes sin autorización, lo que se utilizó para respaldar denuncias ante la Cámara de Diputados.

Fundamento de la Decisión

La cesantía fue formalizada a través del Decreto 1.433, que ratificó la sanción impuesta por la Dirección Ejecutiva del hospital. Este decreto pone énfasis en la necesidad de proteger la intimidad y la confidencialidad de la información médica de los pacientes. La decisión siguió a la confirmación de la exclusión de la tutela sindical de la trabajadora por parte de la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, un procedimiento necesario para avanzar con la cesantía.

Más Detalles sobre el Proceso Judicial

El máximo tribunal provincial argumentó que la representación gremial no exime a los empleados públicos de cumplir con las normas que protegen la privacidad en el sistema de salud. En este contexto, se desestimó un recurso extraordinario presentado por la delegada.

El Origen del Conflicto

La controversia se originó a partir de una denuncia de otros trabajadores del Hospital Central, quienes llevaron el asunto a una comisión de la Cámara de Diputados. Durante la revisión del caso, la Legislatura advirtió que se habían incluido historias clínicas irrelevantes para el conflicto, ordenando su eliminación por considerarlas improcedentes e ilegales. Este incidente propició la apertura del sumario administrativo.

Detalles del Acceso a Información Sensible

El decreto revela que la agente ocupaba un puesto en la Secretaría de Sala, lo que le otorgó acceso al sistema informático de historias clínicas. La investigación concluyó que utilizó esta información, obtenida en virtud de su función, para apoyar denuncias de carácter personal y gremial, sin contar con el consentimiento de los pacientes involucrados.

Defensa y Resultados del Sumario

La empleada negó que la documentación utilizada correspondiera a historias clínicas y alegó persecución gremial. Sin embargo, el informe del sumario, respaldado por un acta notarial y un informe técnico, evidenció que tenía acceso al sistema de historias clínicas del hospital. Tanto la Segunda Cámara del Trabajo como la Suprema Corte desestimaron que el proceso tuviera un trasfondo antisindical, indicando que la conducta implicaba una falta funcional relacionada con el uso indebido de información sensible.

Normas Infringidas Según el Gobierno

El Ejecutivo identificó que la conducta de la empleada contravino varias normativas, incluyendo la Ley Nacional de Derechos del Paciente (26.529), que protege la confidencialidad de las historias clínicas, y la Ley de Protección de Datos Personales (25.326), que considera la información médica como datos sensibles que requieren consentimiento expreso para ser divulgados. Además, el Estatuto del Empleado Público establece deberes de reserva sobre la información obtenida en el ejercicio de funciones públicas.

Conclusión sobre la Sanción

Finalmente, el Gobierno de Mendoza consideró que la sanción fue proporcional a la gravedad de los hechos, ya que la empleada contaba con acceso privilegiado a datos de salud y su uso indebido representó una fractura de confianza con la administración pública.

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